Liquidaciones de sueldo en Chile ¿Cómo se calculan?

Cuando hablamos de liquidaciones de sueldo en Chile, nos referimos al documento que certifica que se realizó el pago mensual de salario por la prestación de un servicio laboral. Se trata de un documento personal, que debe reflejar tanto los datos del empleador, como del empleado, con su número de cédula de identidad, la fecha de entrega del documento, la fecha de ingreso a la empresa y su cargo.

La importancia de esta información radica en que además de ser una constancia válida de la remuneración recibida, allí se detalla la composición del sueldo, descuentos de ley, pago de impuesto y otros. También se desglosa el registro de los haberes, que son los pagos que recibe el trabajador y que a su vez se dividen en haberes imponibles y no imponibles.

Liquidaciones de sueldo en Chile

Pero antes de hablar del detalle de las liquidaciones de sueldo en Chile, me gustaría enumerar ciertos conceptos relacionados con las remuneraciones en este país. Desde un punto de vista financiero, es clave estar familiarizados con estas referencias, ya que diferentes entidades las toman en cuenta para estimar el ingreso total de una persona o una familia y dar paso a créditos, bonos o similares.

Tipos de sueldos y remuneraciones en Chile

Sueldo Base:

Es la remuneración fija que uno acuerda al ingresar un empleo, y que según contrato se recibirá mensualmente en una fecha determinada. Esta remuneración debe ser cumplida en un mes exacto como máximo, acá en Chile se suele decir que empleadores tienes hasta el día 05 del mes siguiente para realizar el pago, pero la verdad es que debe ser el día acordado, es decir si el contrato dice que es el día de pago es el día 30, así debe ser cada mes y no con variaciones indeterminadas de las fechas. Si el día 05 es el día del pago, así debe estar acordado y sostenido de una manera periódica y mensual.

Importante destacar que el sueldo base no puede estar por debajo del sueldo mínimo vigente en el país, debe ser igual o superior.

Sueldo o Renta Imponible:

Se refiere al monto sobre el cual se descuentan los aportes obligatorios por ley. Para obtener ese monto, al sueldo base se añaden extras como: comisiones, gratificación legal y bonos. Es importante destacar que también hay items que son “no imponibles” como los bonos por colación, movilización, viáticos y desgaste de herramientas, por lo que no entran para el cálculo de descuentos. Los descuentos que se realizan por ley son: AFP, Fonasa o Isapre, seguro de cesantía, impuestos.

  • Descuento AFP

Representa el aporte al fondo de pensiones, y dicho monto estará destinado para servir como pensión de retiro, bien sea por vejez o invalidez. Este pago representa entre el 10% del ingreso mensual imponible y depende de la administradora de fondos de pensiones elegida por el trabajador.

  • Descuento Salud (Fonasa o Isapre)

Constituye el aporte que se hace al sistema de salud al que el trabajador esté afiliado. Para afiliados Fonasa, representa un 7% de la renta imponible. Esta cotización es obligatoria y su objetivo es contribuir de manera solidaria al sistema público de salud en Chile, el 7% es el porcenteje mínimo a descontar en cualquier caso.

En  las Isapres, el monto total a descontar dependerá del plan elegido, pero nunca será menor al 7% y de serlo, esto se registra como un “excedente” y debe gestionarse directamente con la Isapre que corresponda.

  • Descuento por Seguro de Cesantía

Este descuento es registrado por la AFC y solo aplica para trabajadores con contrato indefinido, y representa el 3% del sueldo imponible, y se compone de la siguiente manera:

Un 0,6% de su remuneración imponible es de cargo de la o el trabajador y se deposita en una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) que es de su propiedad.

El 2,4% restante es con cargo al empleador. Este aporte, a la vez, se distribuye en un 1,6% el trabajador y el restante 0,8% al Fondo de Cesantía Solidario (FCS).

  • Descuento por Impuesto de segunda categoría

Corresponde a un impuesto que se aplica sólo a las personas que perciben más de 13,5 Unidades Tributarias Mensuales. (UTM) y se calcula basado en la renta tributable.

Renta Tributable

Para obtener este monto se usa como base el sueldo imponible, y se restan los descuentos que se hacen por ley. Aunque este tipo de renta está relacionada con la renta imponible la renta tributable hace referencia únicamente a los ingresos afectos al Impuesto Único de Segunda Categoría a los Trabajadores, regulado en la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) y ya mencionado

Sueldo Bruto

Es el monto que se refiere al total del sueldo base y todos los haberes que incluye el sueldo en el mes, es decir es total con bonos, gratificaciones, comisiones y extras.

Sueldo Líquido

Es la cantidad de dinero que efectivamente recibe el bolsillo del trabajador, después de la sumatoria total de adicional y la aplicación total de descuentos. Cabe destacar que además de los descuentos por ley, pueden haber descuentos por préstamos, adelanto de sueldo, permiso especiales o días/horas no trabajadas, que se suman a los descuentos de ley, por eso es importante revisar tu liquidación mensual y tener claridad acerca del desglose del sueldo.

¿Qué es la gratificación legal?

Es un beneficio que debe pagarse por la utilidad obtenida por la empresa en un período determinado. Sin embargo este pago puede hacerse anual (al final del año fiscal) o mensual, que es la opción más usada. El empleador deberá sumar el total de las remuneraciones que el trabajador recibió en el año y calcular el 25% de ese monto. Una vez obtenido el monto, el empleador compara ese monto con el de los 4,75 ingresos mínimos mensuales. Si el resultado obtenido es mayor a los 4,75 ingresos mínimos, solo se paga el 4,75 ya que es el tope.

En otros países se suele pagar al fin del año calendario o año fiscal y se le conoce como “utilidades”. En Chile , existen las dos modalidades pero suele pagarse de manera mensual. Muchas personas confunden los conceptos de gratificación legal con el de “Aguinaldo” pero soy muy distintos, porque el primero es legal y obligatorio y la segundo no el obligatorio, queda a potestad de cada empleador

¿Si me cambio de AFP debo informar a mi empleador?

Cuando un trabajador hace un cambio de AFP, se debería generar un aviso al empleador, sin embargo esto no es así el 100% de las veces, por lo que siempre recomiendo dar aviso al departamento de recursos humanos de la empresa, para que el empleador tengo toda la información lo más actualizada posible y así evitar pagos erróneos.

Espero que esta información sea de utilidad para conocer todo los elementos que componen una liquidación de sueldo en Chile, permitiendo al trabajador determinar los pagos que debe hacer y como se se desglosa y aplican los descuentos.

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Acerca del autor:

Rhonald Lugo

Rhonald Lugo

Analista Administración de personas en Migrante. Licenciado en Administración de Empresas, con experiencia en el área de recursos humanos, específicamente en administración de personal y remuneraciones.

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